Se acerca un fin de semana largo imperdible, ¡cuatro días para descansar o disfrutar! Pero, ¿qué pasa si te toca trabajar el viernes 21 de noviembre o el lunes 24? Entender cómo se paga cada día es clave para que no te pierdas ni un peso.
Feriado vs. Día No Laborable: La Diferencia Crucial
El lunes 24 de noviembre es feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional. ¡Buenas noticias! Pero el viernes 21 es un día no laborable con fines turísticos. ¿Y esto qué significa? Acá te lo explicamos:
Feriados Nacionales: Pago Doble Asegurado
La Ley de Contrato de Trabajo es clara: los feriados nacionales se rigen como el descanso dominical. Esto quiere decir que si trabajás el lunes 24, ¡te corresponde cobrar el doble de tu salario habitual por esa jornada! La ley N° 27.744 lo confirma: remuneración dominical, pago doble por ir a trabajar.
Días No Laborables: Decisión del Empleador
Acá la cosa cambia. Los días no laborables son optativos para el empleador. Si la empresa decide que trabajes el viernes 21, cobrarás tu sueldo normal, sin ningún adicional. ¡Así que a consultar con tu empleador para saber qué te espera!
¡A Disfrutar del Fin de Semana Largo!
Más allá de cómo se pague, este fin de semana largo es una oportunidad para desconectar, escaparte a algún lugar lindo o simplemente disfrutar de unos días de relax. ¡Aprovechalo al máximo!
¿Qué dice la Ley?
- Artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo: En los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical.
- Pago: Quienes presten servicios en feriados nacionales "cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual".